CORPOCALDAS · CARDER · CRQ — Eje Cafetero y Colombia

Concesión de Aguas Superficiales
Trámite ante CAR Colombia 2026

BIC tramita concesiones de aguas superficiales ante CORPOCALDAS, CARDER y CRQ: estudio hidrológico, aforo del punto de captación, PUEAA (Decreto 1090/2018) y expediente completo para radicación. Para riego, acueducto rural e industria. Cotización en 24 horas. COPNIA vigente.

¿Para qué usos?

Concesiones de aguas que tramitamos

🌱

Riego agrícola y cafetero

Captación para sistemas de riego tecnificado en fincas cafeteras, ganaderas y hortofrutícolas. PUEAA con balance hídrico del cultivo y plan de riego.

🏘️

Acueducto rural y veredal

Abastecimiento comunitario de acueductos veredales, parcelaciones y condominios campestres sin conexión a acueducto municipal.

🏭

Uso industrial y agroindustrial

Beneficiaderos de café, plantas de proceso, piscicultura y extractivas que requieren agua superficial para sus procesos productivos.

🏗️

Obras y campamentos

Captación temporal para campamentos de obra vial, minería e ingeniería con alta demanda de agua en zonas sin infraestructura de acueducto.

Proceso

¿Cómo tramitamos la concesión de aguas?

01

Visita de campo y aforo

Reconocimiento del punto de captación propuesto, aforo del caudal disponible (método molinete o sección-velocidad) y registro fotográfico georeferenciado. Verificación de caudal ecológico requerido.

02

Estudio hidrológico

Análisis de caudales medios mensuales de la fuente con datos IDEAM o generación sintética. Verificación de disponibilidad de caudal para el uso solicitado respetando el caudal ecológico (Decreto 3930/2010). Generación del balance hídrico.

03

Plan de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA)

Elaboración del PUEAA conforme al Decreto 1090 de 2018 y al formato exigido por la CAR: descripción de la obra de captación, caudal justificado técnicamente, pérdidas estimadas, medidas de ahorro y programa de seguimiento con indicadores.

04

Elaboración del expediente técnico

Diligenciamiento del Formulario Único Nacional (FUN), informe técnico con estudio hidrológico, PUEAA, planos de la obra de captación georeferenciados y todos los anexos requeridos por la CAR. Revisión de requisitos ante CORPOCALDAS, CARDER o CRQ según localización.

05

Radicación y seguimiento ante la CAR

Radicación del expediente ante la CAR correspondiente y seguimiento durante el proceso de evaluación. BIC atiende requerimientos técnicos adicionales de la corporación y gestiona la resolución de otorgamiento o las correcciones necesarias.

Preguntas frecuentes

Concesión de aguas superficiales — FAQ

¿Qué es la concesión de aguas superficiales y quién la necesita en Colombia?

La concesión de aguas superficiales es la autorización que otorga la CAR para captar agua de un río, quebrada, canal o laguna para uso doméstico, agrícola, pecuario, industrial o de acueducto. La necesita cualquier persona natural o jurídica que use aguas superficiales sin contar con conexión a un acueducto autorizado o que capture directamente de fuente hídrica para riego, beneficio de café, ganadería, industria o abastecimiento comunitario. Se tramita ante la CAR del departamento donde está ubicada la fuente: CORPOCALDAS, CARDER o CRQ en el Eje Cafetero.

¿Qué documentos exige CORPOCALDAS para la concesión de aguas?

CORPOCALDAS exige: (1) Formulario Único Nacional (FUN) de solicitud de concesión, (2) Plan de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA) conforme al Decreto 1090 de 2018, (3) estudio hidrológico que acredite disponibilidad de caudal respetando el caudal ecológico (mínimo 25% del caudal medio mensual multianual según Decreto 3930), (4) aforo in situ del punto de captación, (5) plano de localización con coordenadas Magna-Sirgas del punto de captación, (6) descripción del uso del agua y obras de captación propuestas, y (7) documentos de identidad y título de tenencia del predio. BIC elabora el expediente completo y acompaña la radicación.

¿Qué es el PUEAA y por qué es obligatorio para la concesión de aguas?

El Plan de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA) es un documento técnico obligatorio desde el Decreto 1090 de 2018 para todos los que soliciten concesión de aguas. Debe describir: el sistema de captación y distribución, el caudal requerido con justificación técnica, las pérdidas estimadas y su reducción, las medidas de uso eficiente y ahorro del agua, y el programa de seguimiento. La CAR evalúa el PUEAA como parte del proceso de aprobación de la concesión. BIC elabora el PUEAA conforme a la guía del MADS y al formato específico de cada CAR.

¿Cuánto tiempo demora la concesión de aguas ante CORPOCALDAS?

El plazo legal es de 30 días hábiles para caudales menores a 0.1 m³/s (Decreto 1076/2015). En la práctica, CORPOCALDAS resuelve entre 4 y 8 meses cuando el expediente entra completo. Si hay correcciones o requerimientos, el trámite puede extenderse a 12-18 meses. El tiempo de preparación del expediente en BIC es 3 a 6 semanas según disponibilidad de información hidrológica de la fuente. Cotización en 24 h: WA +57 302 477 8910.

Trato directo con el decisor técnico — sin intermediarios

BIC trabaja directamente con hoteles, haciendas, industrias, acueductos veredales y proyectos privados que necesitan la concesión de aguas superficiales para su operación o proyecto. No con intermediarios que re-cotizan el trámite. El Ing. Rogerio Bernal Ríos (COPNIA 17202-313228 CLD) elabora el expediente técnico y gestiona el trámite ante la CAR competente. Si usted tiene el proyecto y decide, enviamos propuesta en menos de 24 horas.

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Ing. Rogerio Bernal Ríos · COPNIA 17202-313228 CLD · Universidad Nacional de Colombia
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También puede escribirnos a robernalri@unal.edu.co