BIC elabora el expediente completo para tramitar su permiso de vertimiento ante CORPOCALDAS, CARDER o CRQ: caracterización fisicoquímica, diseño de PTAR, Formulario 1058 y seguimiento hasta la resolución. Especialistas en beneficiaderos de café, urbanizaciones e industria. Cotización en 24 horas. COPNIA vigente.
Diseño de trampa de pulpa, sistema de tratamiento de aguas mieles y trámite ante CORPOCALDAS, CARDER o CRQ. Resolución 0631/2015 Art. 12.
Proyectos residenciales fuera del alcantarillado municipal. PTAR compacta o sistema séptico tecnificado + permiso ante CAR.
Plantas de proceso, lavandería, industria textil, metalmecánica, lácteos. Caracterización sector + diseño tratamiento + expediente.
Campamentos de obra vial, minería y construcción con generación de aguas residuales domésticas. Trámite ante CAR regional.
Visita técnica al predio, aforo del caudal de descarga y diagnóstico del sistema de tratamiento existente. Identificación del cuerpo receptor y determinación de los parámetros a caracterizar según la Resolución 0631/2015.
Toma de muestra compuesta de 24 horas según protocolo Resolución 0063/2016. Análisis en laboratorio acreditado por el IDEAM. Comparación con límites máximos permisibles de la Res. 0631/2015 para el sector productivo del cliente.
Si el efluente no cumple los límites de la Res. 0631/2015, BIC diseña la PTAR adecuada: sistema séptico tecnificado, trampa de grasas, reactor UASB, filtro percolador o humedal artificial, según el tipo de vertimiento y el caudal. Incluye planos y memorias de cálculo.
Diligenciamiento del Formulario 1058/2021, informe técnico del vertimiento, resultados de laboratorio, planos georreferenciados del punto de descarga y descripción del sistema de tratamiento. Todo conforme al checklist de la CAR respectiva.
Radicación presencial o virtual del expediente ante CORPOCALDAS (Manizales), CARDER (Pereira) o CRQ (Armenia) según localización del proyecto. BIC hace seguimiento y atiende requerimientos durante el trámite.
Formulario 1058 de 2021 (descargable en la web de la CAR)
Caracterización fisicoquímica en laboratorio acreditado IDEAM
Protocolo de muestreo conforme a Resolución 0063 de 2016
Aforo del caudal de descarga (medición in situ)
Plano de localización punto de descarga — coordenadas Magna-Sirgas
Descripción del sistema de tratamiento existente o propuesto
Información del cuerpo receptor (nombre, coordenadas, caudal si aplica)
Copia del título de tenencia o escritura del predio
Cámara de comercio o cedula (persona natural o jurídica)
Pago de servicios de evaluación ante la CAR
El permiso de vertimiento es la autorización ambiental que otorga la CAR (CORPOCALDAS, CARDER, CRQ, etc.) para descargar aguas residuales domésticas, industriales o agroindustriales a un cuerpo de agua superficial, al suelo o al alcantarillado sin sistema de tratamiento de la ESP. Se necesita en todo proyecto productivo, urbanización, parcelación o industria que genere aguas residuales y no esté conectado al alcantarillado público. Es obligatorio antes del inicio de operaciones y su ausencia puede generar sanciones de hasta 5.000 SMLMV conforme al Decreto 1076 de 2015.
CORPOCALDAS exige: (1) Formulario 1058 de 2021 (solicitud permiso vertimiento), (2) caracterización fisicoquímica del efluente en laboratorio acreditado por el IDEAM con el protocolo de la Resolución 0063 de 2016, (3) plano de localización del punto de descarga con coordenadas Magna-Sirgas, (4) descripción o diseño del sistema de tratamiento, (5) aforo del caudal vertido, (6) copia del título de tenencia o propiedad del predio, y (7) certificado de existencia y representación para personas jurídicas. BIC elabora el expediente completo y lo radica ante la corporación.
La Resolución 0631 de 2015 del MADS, Artículo 12 (subsector café), establece para vertimientos de beneficiaderos a cuerpos de agua: pH entre 6 y 9, temperatura ≤ 30 °C, DBO₅ ≤ 200 mg/L, DQO ≤ 400 mg/L, SST ≤ 200 mg/L, y prohibición de verter pulpa o mucílago sin tratar directamente al cauce. BIC diseña sistemas de tratamiento (trampa de pulpa, tanque homogenizador, filtro anaerobio) que cumplen estos límites y permiten obtener el permiso ante CORPOCALDAS, CARDER o CRQ.
Una vez radicado el expediente completo ante la CAR, el plazo legal de respuesta es de 60 días hábiles (Decreto 1076 de 2015). En la práctica, CORPOCALDAS responde entre 3 y 6 meses. Los expedientes incompletos generan requerimientos que reinician el plazo. BIC presenta expedientes completos desde el primer radicado para minimizar demoras. El tiempo de preparación del expediente es 4 a 8 semanas según la complejidad del vertimiento.
BIC tramita permisos de vertimiento para industrias, hoteles, haciendas, urbanizaciones y propietarios privados con el proyecto activo — personas con el predio y la decisión de contratar directamente. No atendemos colegas ingenieros que buscan comparar precios o cotizar el trámite para sus propios clientes, ni intermediarios que re-venden el servicio. El Ing. Rogerio Bernal Ríos (COPNIA 17202-313228 CLD) elabora el expediente y gestiona el permiso ante la CAR. Si usted tiene el proyecto y el capital, la propuesta llega en 24 horas.
¿Colega ingeniero buscando precio de referencia o asesoría técnica? No es el canal indicado.
¿Necesitas este estudio para tu proyecto?
COPNIA 17202-313228 CLD · Propuesta en 24 h · Sin intermediarios
Nos permiten darle una cifra útil en lugar de un rango genérico
Ing. Rogerio Bernal Ríos · COPNIA 17202-313228 CLD · Universidad Nacional de Colombia
Responde personalmente. Sin intermediarios.
Responda las cuatro preguntas para continuar.
También puede escribirnos a robernalri@unal.edu.co