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COPNIA 17202-313228 CLD · Propuesta en 24 h · Sin intermediarios
Estudios hidrológicos, balance hídrico y gestión completa del trámite
La concesión de aguas superficiales es la autorización que necesita para captar legalmente agua de un río o quebrada en Colombia. Sin ella, su proyecto opera en riesgo de sanción ambiental. BIC elabora el estudio hidrológico, el balance hídrico y el diseño de bocatoma requeridos por la CAR, y gestiona el trámite hasta la expedición de la concesión.
La concesión de aguas superficiales es el derecho de uso del agua otorgado por la CAR según el Decreto 1076/2015 (Artículo 2.2.3.2). En Colombia, el agua es un bien de dominio público y su uso siempre requiere autorización estatal. La concesión especifica el caudal máximo que puede captarse, el período de vigencia (5 a 10 años renovables) y las condiciones técnicas de la captación.
Es obligatoria para cualquier captación directa de fuente superficial, independientemente del tamaño del proyecto. No existe umbral mínimo de caudal por debajo del cual no se requiera concesión. La única excepción son usos domésticos mínimos de subsistencia en zonas sin acceso a sistemas de suministro colectivo.
BIC — Bernal Ingeniería Consultores elabora los estudios hidrológicos y de balance hídrico para tramitar concesiones de aguas superficiales en Colombia (CORPOCALDAS, CRQ, CARDER, CVC, CAR Cundinamarca) y Ecuador (SENAGUA). Cobertura: Eje Cafetero, todo Colombia, Ecuador. Ing. Rogerio Bernal Ríos — COPNIA 17202-313228 CLD. Propuesta en 24 h: +57 302 477 8910.
Proyectos en zonas sin red de acueducto público. La concesión es el primer paso antes de diseñar el sistema de suministro de agua potable.
Establecimientos turísticos en zonas rurales con alta demanda de agua para huéspedes, piscinas y zonas verdes.
Cultivos intensivos, ganadería, acuicultura. La concesión protege legalmente el derecho a usar el agua para el proceso productivo.
Planta agroindustrial, minería, manufactura. El caudal concesionado es un insumo productivo que debe estar respaldado legalmente.
Acueductos veredales o rurales que surten poblaciones no conectadas al acueducto municipal.
Estanques de producción piscícola. La concesión determina el caudal máximo de llenado y circulación sin afectar la fuente.
Análisis de caudales históricos, curva de duración de caudales (CDC), caudal medio anual, caudal mínimo mensual. Determina la disponibilidad real de agua en la fuente a lo largo del año hidrológico.
Cuantificación de la demanda total de agua del proyecto (caudal solicitado) versus la oferta hídrica de la fuente. Incluye evaluación del caudal mínimo ecológico (CME) que debe mantenerse sin concesionar.
Diseño hidráulico de la estructura de captación: tipo de bocatoma (lateral, de fondo, mixta), canal de aducción, rejilla y cámara de aquietamiento. Dimensionamiento según el caudal solicitado y las características de la fuente.
Levantamiento del área de captación en coordenadas Magna-Sirgas. Perfil longitudinal del cauce, sección transversal en el punto de captación. Planos a escala para el expediente CAR.
Justificación técnica del caudal solicitado: número de usuarios, dotaciones RAS 2017, coeficientes de uso. Para riego: área, cultivos, método de riego y eficiencias. Documento central del expediente.
Análisis del impacto de la captación sobre los usuarios aguas abajo y el ecosistema acuático. En algunos casos la CAR puede exigir diagnóstico ambiental de alternativas o estudio de impacto ambiental completo.
BIC evalúa la fuente hídrica: caudal aproximado, estado del cauce, usuarios existentes aguas abajo y requerimientos del proyecto. En esta etapa se define si es viable solicitar la concesión o si se requieren ajustes al diseño.
Análisis de caudales usando datos del IDEAM y estaciones hidrométricas cercanas. Cálculo del balance hídrico, caudal mínimo ecológico y justificación técnica del caudal solicitado.
Diseño hidráulico de la obra de captación firmado por ingeniero COPNIA. Planos constructivos en coordenadas Magna-Sirgas para el expediente CAR.
BIC compila estudio hidrológico, balance hídrico, diseño de bocatoma, topografía, formularios CAR y documentos del solicitante. Revisión interna y radicación ante la corporación.
BIC atiende las observaciones técnicas de la CAR, asiste a visitas de campo y gestiona el proceso hasta que se expide la concesión.
Es el acto administrativo mediante el cual la Corporación Autónoma Regional autoriza a una persona natural o jurídica a captar y usar agua de una fuente superficial (río, quebrada, lago) por un período determinado. Está regulada por el Decreto 1076/2015, Artículo 2.2.3.2. Sin concesión, cualquier captación de agua superficial es ilegal y puede generar sanciones ambientales.
Cualquier proyecto que requiera captar agua de un río, quebrada, canal o cuerpo léntico: urbanizaciones con acueducto propio, hoteles y resorts, fincas ganaderas o de riego, industrias con proceso productivo que use agua, campamentos de obra, piscicultura, balnearios y comunidades rurales no servidas por acueducto público. La concesión es independiente del uso final del agua.
Los estudios requeridos son: (1) estudio hidrológico de la fuente con curvas de duración de caudales, (2) balance hídrico oferta-demanda, (3) evaluación de caudal mínimo ecológico, (4) diseño de la obra de captación (bocatoma), (5) memoria de cálculo del caudal solicitado, (6) levantamiento topográfico del área de captación y (7) formularios de la CAR. BIC elabora todos estos documentos.
El proceso tiene dos fases: elaboración de estudios técnicos por BIC (4 a 8 semanas) y trámite ante la CAR (3 a 12 meses, dependiendo de la corporación). La concesión se otorga por períodos de 5 a 10 años renovables. BIC acompaña todo el proceso respondiendo observaciones técnicas.
Sí. El uso agrícola o de riego es uno de los usos más frecuentes de la concesión de aguas. La CAR evalúa el balance hídrico de la fuente, el área a irrigar, el método de riego y el impacto sobre usuarios aguas abajo. BIC diseña el sistema de captación y elabora el estudio hidrológico requerido.
Sí. BIC ha ejecutado proyectos de gestión hídrica en Ecuador, donde el proceso de concesión se tramita ante la Secretaría Nacional del Agua (SENAGUA) con requisitos similares a los colombianos: estudio hidrológico, balance oferta-demanda y diseño de obra de captación. Rogerio Bernal tiene experiencia en ambos sistemas regulatorios.
BIC tramita concesiones para propietarios, empresarios y proyectos privados que necesitan el permiso de captación — no con intermediarios ni con ingenieros buscando referencias de precio. Si usted es el contratante directo y tiene el proyecto activo, la propuesta llega en 24 horas.
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Ing. Rogerio Bernal Ríos · COPNIA 17202-313228 CLD · Universidad Nacional de Colombia
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Cuéntenos la fuente hídrica, el caudal aproximado y el uso del agua. BIC le envía propuesta técnica en menos de 24 horas.